"Procedimiento de Declaraciones Juradas de Cumplimiento de Obligaciones Relativas a las Condiciones Técnicas, de Seguridad y de Medio Ambiente Aplicables a Ductos Mayores de 20 Bar y Gasocentros de Gas Natural Vehicular (PDJ)"
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Resolución de Consejo Directivo Nº 666-2008-OS/CD |
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Resolución de Gerencia General Nº 332-2009-OS/GG |
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Resolución de Gerencia General Nº 038-2010-OS/GG |
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Resolución de Gerencia General Nº 126-2011-OS/GG |
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Resolución de Gerencia General Nº 503-2012-OS/GG
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- Eliminación de las obligaciones de naturaleza de seguridad y salud en el trabajo, esto debido a la transferencia de funciones señalada en la Ley N° 29901, Ley que precisa competencias del OSINERGMIN y el Decreto Supremo N° 009-2012-TR, que señalan que corresponde al MINTRA verificar el cumplimiento de las disposiciones en materia de supervisión, fiscalización y sanción de las normas de seguridad y salud en el trabajo contenidas en la normativa emitida por el Ministerio de Energía y Minas. - Incorporación de obligación referida al registro del precio de GNV , de conformidad con lo señalado en el Procedimiento de Entrega de Información de Precios del Mercado Interno de Combustibles derivados de Hidrocarburos (PRICE) |
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De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2º de la Resolución de Consejo Directivo Nº 666-2008-OS/CD, la Gerencia General de OSINERGMIN se encuentra autorizada a dictar las disposiciones técnico-operativas y medidas complementarias que se requieran para la puesta en marcha y ejecución del "Procedimiento de Declaraciones Juradas de Cumplimiento de Obligaciones relativas a las Condiciones Técnicas, de Seguridad y de Medio Ambiente aplicables a Ductos Mayores de 20 Bar y Gasocentros de Gas Natural Vehicular - (PDJ)", así como a aprobar los formatos que contendrán las declaraciones juradas que deberán ser llenadas por los sujetos comprendidos dentro del ámbito de aplicación del referido procedimiento.
Con fecha 30 de marzo de 2011, a través de la Resolución de Gerencia General Nº 126-2011-OS/GG, se modificaron los Formatos aprobados por laResolución de Gerencia General Nº 332-2009-OS/GGaplicables a los establecimientos de venta al público de GNV o establecimientos de venta al público de combustibles líquidos que hayan efectuado ampliaciones para GNV, con la finalidad de retirar de los mismos la sección destinada a las obligaciones de naturaleza ambiental, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, el Decreto Supremo Nº 001-2010-MINAM y sus normas complementarias y modificatorias.
Los formatos vigentes se muestran a continuación:
Cuestionarios de obligaciones según criticidad |
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Formatos PDF para consulta |
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Alta | ![]() |
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Moderada | ![]() |
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Baja | ![]() |
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La entrega de la información, referente a los Establecimientos de venta al Público de GNV, se efectuará dentro de los primeros quince (15) días calendario del mes correspondiente, según el siguiente calendario, y contendrá las obligaciones comprendidas según la categoría señalada:
CATEGORÍA | MES DE PRESENTACIÓN | |
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A | Enero | |
Abril | ||
Julio | ||
Octubre | ||
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B | Enero | |
Julio | ||
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C | Enero |
El aplicativo del PDJ de Gas Natural se encuentra disponible en el enlace: http://scop.osinerg.gob.pe, el código de usuario y contraseña es el mismo que utiliza en el Sistema Informático SCOP de la Gerencia de Fiscalización de Hidrocarburos Líquidos, Si no tiene código usuario y/o tiene alguna otra consulta referida al sistema informático deberá dirigirla al correo electrónico: scop@osinergmin.gob.pe.
El usuario y contraseña es confidencial e intransferible. Se sugiere cambiar periódicamente la contraseña. Los sujetos comprendidos en el presente procedimiento se hacen responsables del uso y confidencialidad de los elementos que lo autentican, habida cuenta que los datos que incorpore o consulte a través del sistema informático serán tenidos como ingresados/consultados por su representada. Debe comprometerse a mantener dicha contraseña como de su exclusivo conocimiento.